Unión Europea: regulación de criptoactivos y stablecoins (a 1 de noviembre de 2026)
Situación: en vigor; conforme al Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos (MiCA), Reglamento (UE) 2023/1114, las normas sobre tokens referenciados a activos (ART) y tokens de dinero electrónico (EMT) (en el texto oficial en español de MiCA, «fichas referenciadas a activos» y «fichas de dinero electrónico») se aplican desde el 30 de junio de 2024, y MiCA en su totalidad desde el 30 de diciembre de 2024; un EMT solo puede ofrecerlo al público su emisor, autorizado como entidad de crédito o como entidad de dinero electrónico, u otras personas con el consentimiento por escrito del emisor; el registro provisional MiCA de ESMA recoge 25 emisores de EMT y ningún emisor de ART (última actualización el 30 de octubre de 2026, según la página de ESMA sobre MiCA). Las stablecoins están sujetas a las normas de MiCA para los EMT y los ART.
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Situación a 1 de noviembre de 2026
| Situación | Norma | Desde / a partir de | Fuente |
|---|---|---|---|
| En vigor | Se aplican los títulos III (tokens referenciados a activos) y IV (tokens de dinero electrónico) de MiCA. El registro provisional de ESMA (última actualización el 30 de octubre de 2026, según la página de ESMA sobre MiCA) recoge 25 emisores de EMT por LEI y ningún emisor de ART. | 30 de junio de 2024 | Diario Oficial, Página de ESMA sobre MiCA, Registro de EMT de ESMA, Registro de ART de ESMA |
| En vigor | MiCA se aplica en su totalidad. | 30 de diciembre de 2024 | Diario Oficial |
| En vigor | Ha terminado el período transitorio para los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) que prestaban sus servicios conforme al Derecho aplicable antes del 30 de diciembre de 2024: podían continuar hasta el 1 de julio de 2026 o hasta que se les concediera o denegara la autorización conforme al artículo 63, lo que ocurriera antes (artículo 143(3)). | A más tardar el 1 de julio de 2026 | Diario Oficial |
| No es ley | Dictamen de ESMA ESMA75-113276571-1742: los CASP no deberían prestar servicios de criptoactivos en relación con ART o EMT que no cumplan MiCA, y las autoridades nacionales competentes (ANC) deberían exigir la corrección de las exposiciones preexistentes que queden a más tardar tres meses después de la publicación del dictamen. ESMA lo emitió conforme al artículo 29(1)(a) del Reglamento de ESMA; el dictamen se dirige principalmente a las ANC y no nombra ningún token. | 8 de octubre de 2026 | Dictamen de ESMA, ESMA |
| No es ley | Revisión de MiCA: en su respuesta a la consulta de la Comisión Europea, ESMA recomienda normas explícitas para impedir que las empresas cripto reguladas ofrezcan servicios vinculados a stablecoins que no cumplan MiCA. Son recomendaciones; el resultado de la revisión de la Comisión no figura en las fuentes. | 30 de septiembre de 2026 | ESMA |
Normas clave
- Quién puede emitir un token de dinero electrónico. Nadie puede ofrecer un EMT al público ni solicitar su admisión a negociación en la Unión salvo que sea el emisor de ese token de dinero electrónico y esté autorizado como entidad de crédito o como entidad de dinero electrónico (artículo 48(1)(a)). Texto original: "unless that person is the issuer of such e-money token and: (a) is authorised as a credit institution or as an electronic money institution". También debe notificar y publicar un libro blanco (artículo 48(1)(b)). Con el consentimiento por escrito del emisor, otras personas pueden ofrecer el EMT al público o solicitar su admisión a negociación; deben cumplir los artículos 50 y 53 (artículo 48(1), párrafo segundo). Los EMT se consideran dinero electrónico (artículo 48(2)). (Diario Oficial)
- Quién puede emitir un token referenciado a activos. Una persona solo puede ofrecer un ART al público o solicitar su admisión a negociación en la Unión si es su emisor, y el emisor debe ser una persona jurídica establecida en la Unión y autorizada conforme al artículo 21, o una entidad de crédito que cumpla el artículo 17 (artículo 16(1)). Con el consentimiento por escrito del emisor, otras personas pueden ofrecer el ART al público o solicitar su admisión a negociación; deben cumplir los artículos 27, 29 y 40 (artículo 16(1), párrafo segundo). (Diario Oficial)
- Reservas de los EMT. De los fondos que los emisores de EMT reciben a cambio de EMT y salvaguardan conforme al artículo 7(1) de la Directiva 2009/110/CE (la Directiva de dinero electrónico), al menos el 30 % se deposita siempre en cuentas separadas en entidades de crédito. El resto se invierte en activos seguros y de bajo riesgo que se consideren instrumentos financieros altamente líquidos con un riesgo mínimo de mercado, de crédito y de concentración, denominados en la misma moneda oficial que la moneda a la que hace referencia el EMT (artículo 54). (Diario Oficial)
- Reservas de los ART. Los emisores de ART deben constituir y mantener en todo momento una reserva de activos (artículo 36(1)), segregada jurídicamente del patrimonio del emisor (artículo 36(2)). (Diario Oficial)
- Reembolso de los EMT. A petición del tenedor, el emisor debe reembolsar el EMT en cualquier momento y a su valor nominal, pagando el valor monetario en fondos distintos del dinero electrónico (artículo 49(4)). Texto original: "Upon request by a holder of an e-money token, the issuer of that e-money token shall redeem it, at any time and at par value, by paying in funds, other than electronic money, the monetary value of the e-money token held to the holder of the e-money token." Sin perjuicio del artículo 46, el reembolso no está sujeto a comisión (artículo 49(6)). (Diario Oficial)
- Reembolso de los ART. Los tenedores de ART tienen en todo momento un derecho de reembolso frente al emisor (artículo 39(1)). (Diario Oficial)
- Sin intereses. Los emisores de EMT no pueden conceder intereses en relación con los EMT (artículo 50(1); en el original, "issuers of e-money tokens shall not grant interest in relation to e-money tokens"), y los CASP no deben conceder intereses al prestar servicios de criptoactivos relacionados con EMT (artículo 50(2)). Las remuneraciones u otros beneficios relacionados con el tiempo durante el cual un tenedor mantiene EMT cuentan como intereses (artículo 50(3)). Los emisores de ART no deben conceder intereses en relación con los ART (artículo 40(1)). (Diario Oficial)
- Comunicaciones publicitarias de los EMT. Las comunicaciones publicitarias deben contener una declaración clara e inequívoca de que los tenedores tienen un derecho de reembolso frente al emisor en cualquier momento y a su valor nominal (artículo 53(2)). No pueden difundirse comunicaciones publicitarias antes de la publicación del libro blanco (artículo 53(6)). (Diario Oficial)
- Stablecoins no conformes. ESMA considera que los CASP no deberían prestar servicios de criptoactivos en relación con ART o EMT que no cumplan MiCA. ESMA emitió el dictamen conforme al artículo 29(1)(a) del Reglamento de ESMA, y se dirige principalmente a las autoridades nacionales competentes. (Dictamen de ESMA)
Cronología
| Fecha | Hecho | Fuente |
|---|---|---|
| 31 de mayo de 2023 | Firma de MiCA por el Parlamento Europeo y el Consejo | Diario Oficial |
| 9 de junio de 2023 | Publicación de MiCA en el Diario Oficial (DO L 150, p. 40); entra en vigor a los veinte días de su publicación | Diario Oficial |
| 30 de junio de 2024 | Se aplican los títulos III (ART) y IV (EMT) | Diario Oficial |
| 30 de julio de 2024 | Los emisores de ART distintos de las entidades de crédito que emitieron ART antes del 30 de junio de 2024 solo podían continuar si habían solicitado la autorización conforme al artículo 21 antes de esta fecha | Diario Oficial |
| 30 de diciembre de 2024 | MiCA se aplica en su totalidad | Diario Oficial |
| 1 de julio de 2026 | Fin, a más tardar, del período transitorio de los CASP (artículo 143(3)) | Diario Oficial |
| 30 de septiembre de 2026 | ESMA responde a la consulta de la Comisión sobre la revisión de MiCA | ESMA |
| 8 de octubre de 2026 | Dictamen de ESMA: los CASP autorizados conforme a MiCA deberían dejar de prestar a clientes en la UE servicios relacionados con stablecoins que no cumplan MiCA | ESMA |
| 30 de octubre de 2026 | Última actualización del registro provisional MiCA de ESMA, según la página de ESMA sobre MiCA: 25 emisores de EMT, ningún emisor de ART | Página de ESMA sobre MiCA, Registro de EMT de ESMA, Registro de ART de ESMA |
No se aborda aquí
Las fuentes que utiliza esta página no indican la fecha de calendario de la entrada en vigor de MiCA (el texto solo indica el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial), el resultado de la revisión de MiCA por la Comisión Europea, si el dictamen de ESMA dará lugar a normas vinculantes sobre las stablecoins no conformes, ni el número de CASP autorizados y de entidades no conformes en el registro de ESMA (no se cuentan aquí). La página de ESMA sobre MiCA indica que el registro provisional está disponible en archivos CSV hasta mediados de 2026, cuando se integrará formalmente en los sistemas informáticos de ESMA; el 1 de noviembre de 2026 seguía publicándose en archivos CSV (Página de ESMA sobre MiCA).
Stablecoins bajo este régimen
Stablecoins que seguimos cuyo emisor o token aparece en los registros de esta jurisdicción, y de qué forma (datos de licencias consultados el 2 de noviembre de 2026). Las cifras del escáner corresponden a la moneda entera, no a esta jurisdicción: acuñado / quemado en todas las redes que indexa el escáner, actos de congelación en las redes en las que indexa actos del emisor; 30 días hasta el 31 de octubre de 2026, compilación del escáner del 1 de noviembre de 2026.
| Moneda | Entidad | Situación | Acuñado / quemado, 30 días | Actos de congelación, 30 días | Fuente |
|---|---|---|---|---|---|
| USDC | Circle Internet Financial Europe SAS | Emisor autorizado | US$33,8 mil millones / US$35,3 mil millones | 65 | esma.europa.eu |
Fuentes
- https://data.europa.eu/eli/reg/2023/1114/oj
- https://www.esma.europa.eu/sites/default/files/2026-10/ESMA75-113276571-1742_Opinion_on_the_provision_of_crypto_asset_services_in_relation_to_non-MiCA-compliant_asset-referenced_tokens_and_e-money_tokens.pdf
- https://www.esma.europa.eu/press-news/esma-news/esma-sets-out-supervisory-expectations-services-related-unauthorised
- https://www.esma.europa.eu/sites/default/files/2024-12/EMTWP.csv
- https://www.esma.europa.eu/sites/default/files/2024-12/ARTZZ.csv
- https://www.esma.europa.eu/esmas-activities/digital-finance-and-innovation/markets-crypto-assets-regulation-mica
- https://www.esma.europa.eu/press-news/esma-news/esma-calls-changes-make-mica-clearer-safer-and-ready-emerging-services
Citar como: Unión Europea: regulación de criptoactivos y stablecoins, achivx.org, https://achivx.org/es/regulation/european-union/, a fecha de 2026-11-01, CC BY 4.0